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Condiciones generales

ARTÍCULO 1 – DEFINICIONES

En las presentes condiciones se entiende por:

  1. Período de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento; Lea todo sobre el período de reflexión
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en ejercicio de su actividad profesional o comercial y que suscribe un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día natural;
  4. Transacción de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o compra se extiende en el tiempo;
  5. Soporte de datos duradero: todo medio que permita al consumidor o empresario almacenar la información que le es dirigida personalmente, de manera que permita la consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada;
  6. Derecho de desistimiento: la opción del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del período de reflexión;
  7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición y que un consumidor puede cumplimentar cuando quiere hacer uso de su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la comercialización a distancia de productos y/o servicios, en el que se utilizan únicamente una o varias tecnologías de comunicación a distancia hasta el momento de celebración del contrato;
  10. Tecnología de comunicación a distancia: medio que se puede utilizar para celebrar un contrato, sin que el consumidor y el empresario se hayan reunido al mismo tiempo en el mismo lugar.
  11. Condiciones generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

ARTÍCULO 2 – IDENTIDAD DEL EMPRESARIO

Arriba Nutrition
Trasmolenlaan 12
3447 GZ Woerden
Países Bajos

Correo electrónico info@arribanutrition.com
KVK 78574617
Número IVA NL861455393B01

ARTÍCULO 3 – APLICABILIDAD

Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas del empresario y a todos los contratos y pedidos a distancia celebrados entre el empresario y el consumidor.

Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pone a disposición del consumidor. Si lo anterior no es razonablemente posible, se indicará antes de la celebración del contrato a distancia que las condiciones generales se pueden consultar en las oficinas del empresario y que, previa solicitud del consumidor, le serán enviadas lo antes posible, sin coste alguno.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica, siempre que se haga antes de la celebración del contrato a distancia y de una manera que le permita al consumidor almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si lo anterior no es razonablemente posible, se indicará antes de la celebración del contrato a distancia, dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que estas, previa solicitud del consumidor, le serán enviadas por vía electrónica o de otra forma, sin coste alguno.

En el caso de que, además de estas condiciones generales, se apliquen también condiciones específicas de productos o servicios, se aplicarán por analogía los apartados segundo y tercero, y el consumidor, en caso de que existan condiciones generales contradictorias, siempre podrá acogerse a la disposición aplicable que le resulte más favorable.

Si en cualquier momento una o más disposiciones de estas condiciones generales resultaran total o parcialmente nulas o fueran anuladas, el resto del contrato y estas condiciones permanecerán en vigor y la disposición en cuestión será sustituida sin dilación y de común acuerdo por una disposición que se aproxime lo más posible al alcance de la disposición original.

Las situaciones no contempladas en estas condiciones generales se evaluarán “en el espíritu” de estas.

Cualquier ambigüedad en cuanto a la interpretación o al contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones generales se interpretará “en el espíritu” de estas.

ARTÍCULO 4 – LA OFERTA

Si una oferta tiene una validez limitada o está sujeta a determinadas condiciones, este dato se mencionará expresamente en la oferta.

La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.

La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para que el consumidor pueda evaluar adecuadamente la oferta. . Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Las inexactitudes o errores manifiestos en la oferta no serán vinculantes para el empresario.

Todas las imágenes, especificaciones e información de la oferta son indicativas y no darán lugar a indemnizaciones ni a la resolución del contrato.

Las imágenes mostradas de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados correspondan exactamente a los colores reales de los productos.

Toda oferta incluirá la información necesaria para que el consumidor tenga claro qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta. Dicha información incluye, en particular:

  1. el precio con impuestos incluidos;
  2. cualquier costo de envío;
  3. la forma en que se celebrará el contrato y qué acciones se requerirán para ello;
  4. la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
  5. la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
  6. el plazo de aceptación de la oferta, o el período en el que el empresario garantizará el precio;
  7. la cuantía de la tarifa de comunicación a distancia si los costos de utilizar la tecnología de comunicación a distancia se calcularán sobre una base distinta de la tarifa básica normal para el medio de comunicación utilizado;
  8. si el contrato se archivará tras su celebración y, en caso afirmativo, cómo puede consultarlo el consumidor;
  9. la manera en que el consumidor podrá verificar y en su caso corregir, antes de la celebración del contrato, los datos que ha facilitado en relación con el mismo;
  10. cualquier otra lengua en la que pueda celebrarse el contrato, además del neerlandés;
  11. los códigos de conducta a los que está sujeto el empresario y cómo puede consultar el consumidor esos códigos de conducta por vía electrónica; y la duración mínima del contrato a distancia en el caso de una transacción de duración.

ARTÍCULO 5 – EL CONTRATO

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato quedará formalizado cuando el consumidor haya aceptado la oferta y se hayan cumplido las condiciones establecidas a tal efecto.

Si el consumidor acepta la oferta por vía electrónica, el empresario acusará recibo sin demora por vía electrónica de dicha aceptación. Mientras el empresario no acuse recibo de esta aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.

Si el contrato se celebra por medios electrónicos, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.

El empresario podrá, dentro de los límites establecidos por la ley, informarse sobre la capacidad del consumidor para cumplir con sus obligaciones de pago y sobre todos aquellos hechos y factores que son importantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, a raíz de esta investigación, el empresario tiene buenas razones para no celebrar el contrato, podrá rechazar de forma motivada un pedido o solicitud, o supeditar su ejecución a condiciones especiales.

El empresario enviará la siguiente información al consumidor con el producto o servicio, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:

  1. la dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor puede acudir para presentar una reclamación;
  2. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento o bien, una indicación clara de que el derecho de desistimiento no es aplicable;
  3. la información sobre las garantías y el servicio postventa disponible;
  4. la información incluida en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, a menos que el empresario ya haya facilitado esta información al consumidor antes de la ejecución del contrato;

los requisitos para rescindir el contrato si este es de duración superior a un año o de duración indefinida.

En el caso de una transacción de duración, la disposición del apartado anterior se aplicará únicamente a la primera entrega.

Cada contrato se celebrará bajo la condición suspensiva de una disponibilidad suficiente de los productos en cuestión.

ARTÍCULO 6 – DERECHO DE DESISTIMIENTO

En caso de entrega de productos:

Con respecto a la compra de productos, el consumidor tendrá la posibilidad de resolver el contrato, sin necesidad de indicar los motivos, durante un período de 14 días. Este período de reflexión comenzará el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante previamente designado por el consumidor y comunicado al empresario.

Durante este período de reflexión, el consumidor deberá tratar el producto y su embalaje con cuidado. Únicamente desembalará el producto o lo utilizará en la medida en que sea necesario para poder evaluar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos los accesorios suministrados y -si es razonablemente posible- en el estado y embalaje originales al empresario, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras que éste le facilite.

Si el consumidor desea hacer uso de su derecho de desistimiento, deberá ponerlo en conocimiento del empresario en el plazo de 14 días desde la recepción del producto. El consumidor deberá notificarlo a través del formulario modelo o bien mediante otro medio de comunicación, como el correo electrónico. Una vez que el consumidor haya comunicado su deseo de acogerse al derecho de desistimiento, el cliente deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor debe demostrar que los bienes entregados han sido devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.

Si, una vez transcurridos los plazos previstos en los apartados 2 y 3, el cliente no ha manifestado su intención de acogerse al derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra será un hecho.

En caso de prestación de servicios:

Con respecto a la prestación de servicios, el consumidor tendrá la posibilidad de resolver el contrato, sin necesidad de indicar los motivos, durante un período mínimo de 14 días desde el día de la celebración del contrato.

Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor seguirá las instrucciones razonables y claras proporcionadas con ese fin por el empresario en el momento de la oferta y/o a más tardar en el momento de la entrega.

ARTÍCULO 7 – GASTOS EN CASO DE DESISTIMIENTO

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, asumirá como máximo los gastos de devolución.

Si el consumidor ha pagado una cantidad, el empresario le devolverá esa cantidad lo antes posible, aunque a más tardar en los 14 días siguientes al desistimiento. Lo anterior está sujeto a la condición de que el producto ya haya sido recibido por el empresario o que se pueda proporcionar una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se realizará mediante el mismo método de pago ya utilizado por el consumidor, a menos que este acepte expresamente otro método de pago.

En caso de daño del producto debido a una manipulación descuidada por parte del propio consumidor, este será responsable de cualquier pérdida de valor del producto.

No habrá lugar a la responsabilidad del consumidor por la pérdida del valor del producto si el empresario no ha facilitado antes de la celebración del contrato de compra toda la información exigida por la ley sobre el derecho de desistimiento.

ARTÍCULO 8 – EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE DESISTIMIENTO

El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo se aplica si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta o en todo caso con suficiente antelación a la celebración del contrato.

La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para los siguientes productos:

  • productos que han sido creados por el empresario según las especificaciones del consumidor;
  • productos que son claramente de carácter personal;
  • productos que por su naturaleza no pueden ser devueltos;
  • productos que pueden deteriorarse o quedar obsoletos rápidamente;
  • productos cuyo precio está sujeto a las fluctuaciones del mercado financiero, ajenas al control del empresario;
  • periódicos y revistas individuales;
  • grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos de los que el consumidor ha roto el precinto.

productos higiénicos de los que el consumidor ha roto el precinto.

La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para los siguientes servicios:

  • servicios de alojamiento, transporte, restauración u ocio que deben realizarse en una fecha determinada o durante un período determinado;
  • servicios cuya prestación se haya iniciado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que haya expirado el período de reflexión;
  • servicios de apuestas y loterías.

ARTÍCULO 9 – EL PRECIO

Durante el periodo de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no serán incrementados, a excepción de las modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos de IVA.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables los productos o servicios cuyos precios están sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero ajenas al control del empresario. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios eventualmente mencionados son precios indicativos se mencionarán en la oferta.

Los aumentos de precio en los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si son consecuencia de normas o disposiciones legales.

Los aumentos de precio a partir de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario así lo ha estipulado y:

si son consecuencia de normas o disposiciones legales; o

si el consumidor puede rescindir el contrato a partir del día en que el aumento de precio entró en vigor.

Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Todos los precios están sujetos a erratas y errores de imprenta. No se acepta ninguna responsabilidad por las consecuencias de las erratas y errores de imprenta. En caso de erratas y errores de imprenta, el empresario no estará obligado a entregar el producto por el precio incorrecto.

ARTÍCULO 10 – CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y GARANTÍA

El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de fiabilidad y/o usabilidad y con las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Siempre que así se haya acordado, el empresario también puede garantizar que el producto es apto para un uso distinto al normal.

Cualquier garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no afectará a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede invocar frente al empresario en virtud del contrato.

Cualquier defecto o producto entregado incorrectamente deberá comunicarse por escrito al empresario en un plazo de 2 meses desde la entrega. Los productos deben ser devueltos en su embalaje original y en estado nuevo.

El período de garantía del empresario es igual al período de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se responsabiliza en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada una de las aplicaciones que le dé el consumidor, ni de los consejos eventuales sobre el uso o la aplicación de los productos.

La garantía no se aplica si:

  1. el consumidor ha reparado y/o modificado él mismo los productos entregados o los ha mandado reparar y/o modificar a terceros;
  2. los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales o han sido objeto de otra manera de un tratamiento descuidado o contrario a las instrucciones facilitadas por el empresario y/o indicadas en el embalaje;
  3. la defectuosidad se debe total o parcialmente a las normas que el Gobierno ha establecido o establecerá en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

ARTÍCULO 11 – ENTREGA Y EJECUCIÓN

El empresario actuará con la máxima diligencia posible en la aceptación y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.

El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya dado a conocer a la empresa.

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con celeridad y a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa o si un pedido no puede ejecutarse en su totalidad o en parte, el consumidor será informado a más tardar en un plazo de 30 días desde la realización del pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización.

Todos los plazos de entrega son indicativos. Los plazos que eventualmente se mencionen no originarán derecho alguno para el consumidor. El consumidor no tendrá derecho a indemnización en caso de incumplimiento de un plazo.

En caso de resolución con arreglo al apartado 3 de este artículo, el empresario devolverá la cantidad pagada por el consumidor lo antes posible, aunque a más tardar en los 14 días siguientes a la resolución.

Si la entrega de un producto encargado resulta imposible, el empresario se esforzará por proporcionar un artículo de sustitución. El hecho de que se entregue un artículo de sustitución se comunicará de forma clara y comprensible, a más tardar en el momento de la entrega. El derecho de desistimiento no podrá excluirse para los artículos de sustitución. Los gastos de una eventual devolución serán a cargo del empresario.

Salvo acuerdo expreso en contrario, el riesgo de daño y/o pérdida de los productos lo asume el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario.

ARTÍCULO 12 – TRANSACCIONES DE DURACIÓN: DURACIÓN, RESCISIÓN Y RENOVACIÓN

Rescisión
Los contratos firmados por tiempo indefinido, cuyo objeto sea el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, podrán ser rescindidos por el consumidor en todo momento, con observancia de las normas de rescisión acordadas y de un plazo de preaviso de un mes como máximo.

Los contratos firmados por tiempo definido, cuyo objeto sea el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, podrán ser rescindidos por el consumidor en todo momento hacia el final del plazo de duración, con observancia de las normas de rescisión acordadas y de un plazo de preaviso de un mes como máximo.

En relación con los contratos mencionados en los apartados anteriores, el consumidor podrá:

  1. rescindirlos en todo momento sin estar limitado a la rescisión en un momento o un período determinados.
  2. rescindirlos al menos de la misma manera en la que los celebró;
  3. rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el que el empresario estipuló para sí mismo.

Renovación
Los contratos firmados por tiempo definido, cuyo objeto sea el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, no podrán ser prorrogados o renovados tácitamente por un período definido.

No obstante lo estipulado en el apartado anterior, los contratos firmados por tiempo definido, cuyo objeto sea el suministro regular de diarios, periódicos, semanarios y revistas, podrán ser renovados tácitamente por un período definido de tres meses como máximo si el consumidor puede rescindir el contrato renovado hacia el final del período de renovación con un plazo de preaviso de un mes como máximo.

Los contratos firmados por tiempo definido, cuyo objeto sea el suministro regular de productos o servicios, únicamente podrán ser renovados tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindir el contrato en todo momento con un plazo de preaviso de un mes como máximo y de tres meses como máximo si el contrato tiene por objeto el suministro regular, aunque con una frecuencia inferior a mensual, de diarios, periódicos, semanarios y revistas.

Un contrato de duración limitada para el suministro regular, a modo de introducción, de diarios, periódicos, semanarios y revistas (suscripción de prueba o introductoria) no se renovará tácitamente y terminará automáticamente al final del período de prueba o introductorio.

Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindir el contrato una vez transcurrido un año en cualquier momento con un plazo un preaviso de un mes como máximo, salvo que la rescisión antes del final del periodo acordado sea contraria al principio de buena fe contractual.

ARTÍCULO 13 – PAGO

Salvo acuerdo en contrario, los importes que adeude el consumidor los deberá abonar en el plazo de 7 días laborables desde el inicio del período de reflexión mencionado en el artículo 6, apartado 1. En el caso de los contratos de prestación de servicios, ese período comenzará una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.

El consumidor deberá comunicar sin dilación al empresario cualquier error en los datos de pago facilitados o indicados.

Si el consumidor incumple su obligación de pago, el empresario tendrá derecho, sin perjuicio de las restricciones legales pertinentes, a cobrar al consumidor los gastos razonables que le haya dado a conocer por adelantado.

ARTÍCULO 14 – PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN

El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y toda reclamación se tramitará de acuerdo con el mismo.

Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita, en un plazo de 2 meses desde que el consumidor haya constatado los defectos.

Las reclamaciones presentadas al empresario serán contestadas en un plazo de 14 días contados a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá en el plazo de 14 días dando acuse de recibo e indicando cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más extensa.

Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá una controversia sujeta al procedimiento de resolución de conflictos.

En caso de reclamación, el consumidor debe dirigirse primero al empresario. Si la tienda web está afiliada a Stichting WebwinkelKeur y las reclamaciones no pueden resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor debe ponerse en contacto con Stichting WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que mediará gratuitamente. Compruebe si esta tienda web tiene una afiliación vigente a través de https://www.webwinkelkeur.nl/leden/. Si sigue sin haber solución, el consumidor tiene la posibilidad de recurrir a la comisión de litigios independiente designada por Stichting WebwinkelKeur para que tramite su reclamación. El veredicto de dicha comisión es vinculante y tanto el empresario como el consumidor aceptan dicho veredicto vinculante. Presentar una controversia ante esta comisión de litigios supone unos costes que el consumidor debe pagar a la comisión en cuestión. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea ODR (http://ec.europa.eu/odr).

Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, a menos que este indique lo contrario por escrito.

Si el empresario considera que una reclamación está justificada, el empresario, a su discreción, sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados.

ARTÍCULO 15 – CONTROVERSIAS

Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se rigen exclusivamente por el derecho neerlandés. Incluso si el consumidor reside en el extranjero.

No se aplicará la Convención de Viena sobre la Compraventa.

ARTÍCULO 16 – DISPOSICIONES ADICIONALES O DIFERENTES

Las disposiciones adicionales o diferentes de estas condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán constar por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.